Declaración de la Renta: cómo ahorrar 300 euros por cada hijo menor de edad acogido en familia

La finalidad de la acogida, una figura diferente a la adopción, es ofrecer a los menores un ambiente familiar acorde con sus necesidades afectivas y formativas

Si tienes acogido a uno o varios menores y resides en Canarias te puedes deducir gastos en el borrador de la Declaración de la Renta

Imagen de una familia.

Imagen de una familia. / Freepik

El acogimiento familiar no es una adopción. Se trata de una medida de protección a la infancia por medio de la cual una familia acoge de forma temporal en su hogar a menores de edad como alternativa a la acogida en un centro o un recurso tutelado.

Los contribuyentes que tengan acogido a un menor en su familia, pagan menos impuestos en la Declaración de la Renta que presenten este 2024, con los datos correspondientes al ejercicio fiscal de 2023. Es el caso del tramo autonómico de la Declaración de la Renta para los residentes en Canarias.

Por diversas circunstancias, hay menores de edad que no pueden vivir con su familia biológica y el acogimiento es una opción para proporcionarles que desarrollen su vida en un entorno familiar. La acogida temporal se produce mientras tiene lugar la reinserción en la familia de origen del menor o para la adaptación previa a la convivencia con una familia adoptante, o bien permanente, cuando la edad u otras circunstancias del menor y su familia así lo requieran.

Acogimiento temporal en Canarias

La finalidad de la acogida es ofrecer a los menores un ambiente familiar acorde con sus necesidades afectivas y formativas, hasta que puedan volver con sus familias biológicas. De esa manera, el acogimiento familiar produce la plena participación de la persona menor de edad en la vida de una familia e impone a quien la recibe las obligaciones de velar por la persona acogida, tenerla en su compañía, alimentarla, educarla y procurarle una formación integral en un entorno afectivo.

Canarias, según datos recientes ofrecidos por el Gobierno regional, cuenta en la actualidad con un total de 1.173 menores no extranjeros tutelados por la Administración regional, de los cuales, 695 están acogidos en sus familias extensas (con lazos de consanguinidad, como abuelas y abuelos, tías y tíos, entre otros familiares biológicos), 294 se encuentran acogidos en familias ajenas (sin lazos de consanguinidad) y 784 residen en hogares y centros gestionados por los cabildos insulares.

Deducciones en la Declaración de la Renta 2023 por familia numerosa

“La atención de las y los menores que se encuentran bajo la tutela del Gobierno de Canarias pasa por darles la oportunidad de crecer y recibir el cariño y la atención que una familia de acogida puede ofrecerles. El calor de un hogar es la mejor arma para garantizar su desarrollo integral”, declara la consejera de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, Candelaria Delgado.

Requisitos para deducir 300 euros por cada hijo en la Declaración de la Renta

El Gobierno de Canarias permite la deducción en la Declaración de la Renta de 300 euros por cada menor en régimen de acogimiento familiar de urgencia, temporal o permanente, siempre que conviva con el menor la totalidad del período impositivo.

En caso de que la convivencia sea inferior al período impositivo (1 de enero al 31 de diciembre de 2023), la cuantía de la deducción se prorrateará por los días reales de convivencia en el periodo impositivo.

Archivo - Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria

Archivo - Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria / Carlos Luján - Europa Press - Archivo

Por otro lado, hay que tener en cuenta lo siguiente:

  • No dará lugar a la deducción en la Declaración de la Renta cuando la adopción del menor se produzca durante el período impositivo.
  • Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a esta deducción y no opten o no puedan optar por la tributación conjunta, la deducción se prorrateará entre ellos por partes iguales.

Plazos para presentar la Declaración de la Renta

Los contribuyentes tienen de plazo para presentar la Declaración de la Renta entre el 3 de abril y el 1 de julio de 2024. Lo pueden hacer por Internet o por teléfono. En ambos casos es obligatorio pedir cita previa:

Por Internet

Por teléfono

Teléfono de cita para Renta con atención personal en toda España: 91 553 00 71 o 901 22 33 44. De lunes a viernes, de 9 a 19 horas.

Teléfono automático para toda España: 91 535 73 26 o 901 12 12 24

Atención en oficinas de la Agencia Tributaria

Para que el personal de la Agencia Tributaria te atienda en una de sus oficinas y te realice tu declaración de Renta 2023 deberás pedir cita.

Las citas las deberás solicitar entre el 29 de mayo y el 28 de junio tanto por Internet y la App Agencia Tributaria como por teléfono (91 553 00 71 o 901 22 33 44) , excepto el teléfono automático.

La atención presencial en las sedes de la Agencia Tributaria empezará el 3 de junio y finalizará el 1 de julio de 2024.

Archivo - Una persona muestra un código QR con el que acceder a la declaración de la Renta 2020 dentro de una oficina de la Agencia Tributaria

Archivo - Una persona muestra un código QR con el que acceder a la declaración de la Renta dentro de una oficina de la Agencia Tributaria / Cézaro De Luca - Europa Press - Archivo

Atención por teléfono de la Agencia Tributaria

La Agencia Tributaria te prestará asistencia por teléfono para hacerte la Declaración de la Renta con cita previa que deberás pedir entre el 29 de abril y el 28 de junio.

Si quieres que te ayuden a hacer el trámite por teléfono, la Agencia Tributaria te llamará para confeccionar tu Declaración de la Renta entre el 7 de mayo y el 1 de julio de 2024 a través del plan 'Le Llamamos'.

Cómo tramitar el borrador y la Declaración de la Renta 2023-2024

Para concertar cita están disponibles tanto Internet, la App Agencia Tributaria y los cuatro teléfonos (91 553 00 71 o 901 22 33 44 para atención personal y los automáticos 91 535 73 26 o 901 12 12 24).

La opción telefónica de asistencia personalizada es “una potente alternativa” a la presencial en las oficinas, pudiendo acelerar la presentación de la declaración y, con ello, la eventual devolución que corresponda, precisa la Agencia Tributaria.